Toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión
dentro de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de
Puebla, deberá apegar su actuar a los principios, valores,
compromisos del servicio público y reglas de integridad del
Código de Conducta de esta Secretaría, para el desarrollo
de sus funciones, siendo orientadas hacia el bienestar de la
sociedad, a fin de mantener un alto estándar de ética y
competencia generando así la confianza en la ciudadanía.
Realizar sólo aquello que las normas expresamente le confieren y en todo momento someter su actuación a las facultades que las leyes, reglamentos y demás disposiciones jurídicas atribuyen a su empleo, cargo o comisión, por lo que conoce y cumple las disposiciones que regulan el ejercicio de sus funciones, facultades y atribuciones.
Conducirse con rectitud sin utilizar su empleo, cargo o comisión para obtener o pretender obtener algún beneficio, provecho, ventaja personal o a favor de terceros, ni buscar o aceptar compensaciones, prestaciones, dádivas, obsequios o regalos de cualquier persona u organización, debido a que está consciente que ello compromete sus funciones y que el ejercicio de cualquier cargo público implica un alto sentido de austeridad y vocación de servicio.
Corresponder a la confianza que el Estado le ha conferido; tiene una vocación absoluta de servicio a la sociedad y satisface el interés superior de las necesidades colectivas por encima de intereses particulares, personales o ajenos al interés general y bienestar de la población.
Vocación absoluta de servicio a la sociedad, brinda a la población en general el mismo trato, sin conceder privilegios o preferencias a organizaciones o personas, ni permitir que influencias, intereses o perjuicios indebidos afecten su compromiso para una toma de decisiones objetiva
La persona servidora pública actúa en apego a los planes y programas previamente establecidos y optimiza el uso y la asignación de los recursos públicos en el desarrollo de sus actividades para lograr los objetivos propuestos.
Ejercer el gasto público administrando los bienes, recursos y servicios públicos con legalidad, austeridad y disciplina, satisfaciendo los objetivos y metas a los que estén destinados, siendo éstos de interés social.
Desempeñar su empleo, cargo o comisión, de manera ordenada, metódica y perseverante, con el propósito de obtener los mejores resultados en el servicio o bienes ofrecidos.
Actuar y cumplir con las funciones, atribuciones y comisiones encomendadas de conformidad con las leyes, reglamentos y demás disposiciones jurídicas atribuibles a su empleo, cargo o comisión, observando en todo momento disciplina, integridad y respeto, tanto a las demás personas servidoras públicas como a la ciudadanía con los que llegare a tratar.
Asumir plenamente ante la sociedad y sus autoridades la responsabilidad que deriva del ejercicio de su empleo, cargo o comisión, por lo que informa sus decisiones y acciones; se sujeta a un sistema de sanciones, así como a la evaluación y al escrutinio público de sus funciones por parte de la ciudadanía.
Las personas servidoras públicas deberán ser seleccionadas para su puesto de acuerdo con su habilidad profesional, capacidad y experiencia, garantizando la igualdad de oportunidad, atrayendo a los mejores candidatos para ocupar los puestos mediante procedimientos transparentes, objetivos y equitativos.
Actuar conforme a una cultura de servicio orientada al logro de resultados, procurando en todo momento un mejor desempeño de sus funciones a fin de alcanzar las metas institucionales según sus responsabilidades y mediante el uso responsable y claro de los recursos públicos, eliminando cualquier ostentación y discrecionalidad indebida en su aplicación.
Actuar siempre de manera congruente con los principios que se deben observar en el desempeño de un empleo, cargo o comisión y con la convicción de ajustar su conducta para que impere en su desempeño una ética que responda al interés público y genere certeza plena de su conducta frente a todas las personas servidoras públicas con los que se vincule u observe su actuar.
Procurar que toda persona acceda con justicia e igualdad al uso, disfrute y beneficio de los bienes, servicios, recursos y oportunidades.
Actuar en todo momento buscando la máxima atención de las necesidades y demandas de la sociedad por encima de intereses y beneficios particulares, ajenos a la satisfacción colectiva.
Conducirse con trato digno y cordial a las personas en general, a sus compañeros y compañeras de trabajo, superiores y subordinados, considerando sus derechos, de tal manera que propician el diálogo cortés y la aplicación armónica de instrumentos que conduzcan al entendimiento, a través de la eficacia y el interés público.
Respetar los derechos humanos, en el ámbito de su competencia y atribuciones, los garantiza, promueve y protege los principios de: Universalidad que establece que los derechos humanos corresponden a toda persona por el simple hecho de serlo; de Interdependencia que implica que los derechos humanos se encuentran vinculados íntimamente entre sí; de Indivisibilidad que refiere que los derechos humanos conforman una totalidad de tal forma que son complementarios e inseparables, y de Progresividad que prevé que los derechos humanos están en constante evolución y bajo ninguna circunstancia se justifica un retroceso en su protección.
Prestar su servicio a todas las personas sin distinción, exclusión, restricción o preferencia basada en el origen étnico o racial, el color de piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, de salud o jurídica, la religión, la apariencia física, las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones, las preferencias sexuales, la identidad o filiación política, el estado civil, la situación familiar, las responsabilidades familiares, el idioma, los antecedentes penales o en cualquier otro motivo o razón.
Garantizar que tanto mujeres como hombres accedan con las mismas condiciones, posibilidades y oportunidades a los bienes y servicios públicos; a los programas y beneficios Institucionales, y a los empleos, cargos y comisiones Gubernamentales.
Las personas servidoras públicas deben respetar y cuidar el patrimonio cultural y natural del Estado, así como el de cualquier otro.
Colaborar y propiciar el trabajo en equipo para alcanzar los objetivos comunes previstos en los planes y programas Gubernamentales, generando así una plena vocación de servicio público en beneficio de la colectividad y confianza de la ciudadanía en sus Instituciones.
Las personas servidoras públicas deben ser una figura ejemplar frente a la sociedad y a sus equipos de trabajo, principalmente, ante quienes se encuentren a su cargo.
Conducirse conforme a las normas y valores establecidos en el ejercicio del empleo, cargo y comisión.
Desempeñar el empleo, cargo o comisión en estricto cumplimiento del deber, de manera profesional, diligente y amable.
Enaltecimiento Institucional y personal, por la satisfacción del cumplimiento de deberes.
Integridad en los actos personales y de servicio, sublimando en la rectitud y honestidad al pertenecer a la Institución.
Ejercicio responsable y eficiente en el desarrollo de las funciones.
Actitud que enaltece el espíritu, discernimiento del correcto actuar humano.
Es mi deber desempeñar mi empleo, cargo o comisión, con transparencia, honestidad, lealtad, cooperación y con una clara orientación al interés público.
A fin de consolidar la transparencia y rendición de cuentas en el servicio público, garantizarán conforme al principio de máxima publicidad, el acceso a información pública que tengan bajo su cargo, tutelando en todo momento los derechos de acceso, rectificación, oposición o cancelación de los datos personales, en los términos que fijen las normas correspondientes.
Desempeñar mi empleo, cargo o comisión en la Secretaría o a través de subordinadas o subordinados, con transparencia, imparcialidad y legalidad, en contrataciones públicas o el otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones, en las que participe; orientando las decisiones a las necesidades e intereses de la sociedad, y garantizando las mejores condiciones para la Secretaría y el Estado.
Para la implementación y operación de los programas Gubernamentales, deberán sujetarse a la normativa aplicable con perspectiva de género, así como a los principios de honradez, lealtad, imparcialidad, objetividad, transparencia, eficacia y eficiencia, a fin de contribuir a garantizar el cumplimiento de los objetivos, estrategias y prioridades del Plan Estatal de Desarrollo y de los programas que deriven de éste.
Con el propósito de atender los trámites y servicios que demande la población, actuarán con excelencia, de forma pronta, diligente, honrada, confiable, sin preferencias ni favoritismos, en apego a la legalidad y brindando en todo momento, un trato respetuoso y cordial.
Para impulsar un servicio público que trabaje en beneficio de la sociedad, en materia de recursos humanos, promoverán en su entorno la profesionalización, competencia por mérito, igualdad de género y de oportunidades, capacitación, desarrollo y evaluación de las personas servidoras públicas; asimismo, aplicarán rigurosamente toda disposición que tenga por objeto la correcta planeación, organización y administración del servicio público.
A fin de lograr la mayor utilidad y conservación de bienes muebles e inmuebles de la Dependencia, realizarán las acciones para su uso eficiente y responsable, así como para su óptimo aprovechamiento, control, supervisión, resguardo o en su caso, enajenación o transferencia; y promoverán en todo momento, el cuidado de los mismos.
Para asegurar la consecución de las metas y objetivos institucionales con eficacia, eficiencia y economía; garantizar la salvaguarda de los recursos públicos; prevenir riesgos de incumplimientos, y advertir actos de corrupción, actuarán con profesionalismo, imparcialidad, objetividad y con estricto cumplimiento de las políticas, leyes y normas.
Las personas servidoras públicas que participen en la emisión de los actos administrativos, procedimientos y resoluciones que emita la Administración Pública Estatal, deberán conducirse con legalidad e imparcialidad, garantizando la protección de los derechos humanos y las formalidades esenciales del debido proceso.
Conducirse con un trato digno y cordial, conforme a los protocolos de actuación y/o atención al público, y de cooperación entre personas servidoras públicas; con apego al principio de integridad.
Las personas servidoras públicas en el desempeño de su empleo, cargo o comisión cooperan con la Dependencia en la que laboran y con las instancias encargadas de velar por la observancia de los principios y valores intrínsecos a la Función Pública, en el fortalecimiento de la cultura ética y de servicio a la sociedad.
En el ejercicio de mi cargo, empleo o comisión en la Secretaría, me comprometo a conducirme en forma digna sin proferir expresiones, adoptar comportamientos, usar lenguaje o realizar acciones de hostigamiento o acoso sexual, manteniendo para ello una actitud de respeto hacia las personas con las que tiene o guarda relación en la Función Pública y/o personal externo a la Dependencia.