Hechos:

Deberá realizar una narración clara, sucinta y de manera cronológica de cómo se desarrollaron los hechos, señalando las circunstancias de modo, tiempo, lugar y presuntas vulneraciones al Código de Ética para las Personas Servidoras Públicas de la Administración Pública Estatal y/o al Código de Conducta de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Puebla.



Seguimiento a las denuncias presentadas:
  • Serán remitidas a la Secretaría Ejecutiva para la asignación de folio.

  • La Secretaría Ejecutiva remitirá la denuncia a la Comisión para la atención de Quejas y Denuncias con la finalidad de determinar si es procedente.

  • La Secretaría Ejecutiva notificará a la persona denunciante del seguimiento a la denuncia a través del medio de contacto establecido en la misma.

  • El denunciante podrá consultar con el número de folio asignado el estatus de la denuncia, a través de esta página.

Consulta en materia de conflictos de interés

Cualquier persona servidora pública podrá dirigir consultas en materia de Conflictos de Interés ante el Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés.

La cual deberá contener por lo menos los siguientes requisitos:

  • Señalar nombre, teléfono y/o medio electrónico para recibir notificaciones
  • Realizar un planteamiento claro y breve de la consulta en materia de Conflictos de Interés
  • Adjuntar la evidencia que compruebe los hechos y motivos de la consulta.

Seguimiento a las Consultas en Materia de Conflictos de Interés

1. Una vez recibida la consulta, el Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés, registrará y verificará que esta cumpla con los requisitos señalados a fin de generar un folio de seguimiento.

2. El Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés remitirá las consultas procedentes a la Secretaría de la Función Pública a fin de que esta emita la respuesta correspondiente y la comunique a la persona consultante.